Como uno nunca sabe cuándo le va a tocar “bailar con la fea”, no es malo dominar una herramienta que funciona desde el 2012: el seguro de cesantía. No importa si renunciaste voluntariamente o si fuiste despedido de tu antiguo trabajo, porque en ambos casos, este beneficio corre.
Recientemente, se aprobó el proyecto de ley que modifica sus requisitos y cobertura. Es por esto que el medio nacional Las Últimas Noticias decidió rescatar cinco claves para entender su versión renovada, la cual pronto debería estar plenamente operativa.
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Te invitamos a revisarlas:
1.- ¿Cómo se consigue?
Ahora piden menos requisitos: si antes se necesitaba un contrato indefinido con un mínimo de 12 cotizaciones mensuales, ahora sólo se exigen 8, las cuales pueden ser continuas o discontinuas en los últimos 24 meses.
En el caso de tener contrato a plazo fijo, ahora se exigen 4 cotizciones en vez de 6.
2.- ¿Cuánto dinero entrega al mes?
Con la nueva ley estos aumentarían. Quienes tengan contrado indefinido, tendrán un primer giro que corresponde al 70% del promedio de las últimas 12 remuneraciones recibidas. Luego, el pago disminuye mes a mes hasta el quinto giro de la siguiente forma: 55, 45, 40 y 35%.
En el caso del contrato a plazo o definidio, ahora es posible hacer tres giros: el primer monto es del 50% del salario de referencia, 40% al segundo y un 35% en el tercero.
3.- ¿Por qué pueden actuar dos fondos para cubrir el periodo de cesantía?
Porque si se agota el dinero en la cuenta individual, entra a funcionar el Fondo Solidario. Este puede beneficios a los trabajadores con contrato indefinido en el sexo y séptimo mes; en el caso de contrato a plazo, puede apoyar el cuarto y quinto mes adicional.
4.- ¿Cómo cobrar este seguro?
Necesitas tu finiquito o carta de despido y llevarlo a cualquier sucursal de la Administradora de Fondos de Cesantía.
5.- ¿Y qué ocurre con la salud?
Mientras eres beneficiario de este seguro, pasas a ser Fonasa en el tramo A o B.