El Primer Juzgado de Letras de Coyhaique acogió la demanda civil de indemnización de perjuicios y condenó a Mauricio Ortega a pagar una indemnización de 150 millones de pesos, por concepto de daño moral, a Nabila Rifo, su expareja.

Recordemos que el hombre la agredió, causándole lesiones graves gravísimas en mayo de 2016, en aquella ciudad.

En el fallo, la magistrada Dalia Illezca acogió la demanda civil de indemnización de perjuicios, tras dar por establecido los daños físicos y sicológicos causados a la víctima. Además condenó en costas a Ortega Ruiz.

“Se encuentra suficientemente acreditado en autos que la demandante, Nabila Rifo Ruiz, como víctima directa del delito de lesiones simplemente graves, como de las lesiones graves- gravísimas, experimentó un daño psicológico severo, consistente en un trastorno de estrés pos traumático, asociado por un lado a las secuelas físicas irreversibles que sufrió en su persona, como lo es la pérdida de la visión, y por otro a las consecuencias para su salud mental que se asocia a la aceptación y al proceso de adaptación a su nueva condición de discapacidad“, señala el fallo.

Y agrega que esta “se caracteriza por síntomas de angustia persistente, tristeza, insomnio, inseguridad, desconfianza extrema, sensación de indefensión, los cuales persisten a pesar del tiempo trascurrido desde la violenta agresión sufrida. Además a ello se agrega las dificultades de adaptación después de lo acontecido”, sostiene el fallo.

Jonaz Gómez | Agencia UNO
Jonaz Gómez | Agencia UNO

La resolución agrega que Ortega deberá indemnizar a Nabila, pues, “toda persona que ha causado un hecho ilícito es obligado a indemnizar los daños y perjuicios causados, incluyendo entre otros el daño moral que se ha demandado en autos, que consiste en el sufrimiento, dolor y molestia en la sensibilidad física o psíquica, en los sentimientos o afectos de una persona, así también en el caso sublite, el delito no sólo le ha producido a la actora un daño y dolor físico, sino secuelas anímicas importantes en el ámbito psicológico producto de la pérdida definitiva de ambos ojos, como las cambios físicos en la estética de su rostro producto de las intervenciones quirúrgicas a que ha debido someterse y a consecuencia de ello generarse una incapacidad que ha debido enfrentar y asumir para su vida futura”.

Además, el fallo indica también que influye el que haya perjudicado a Rifo en “su desarrollo familiar, por una parte, por la dificultad física y emocional de desarrollar su rol materno de la manera en que lo hacía, y por otra, la afectación sufrida por sus cuatro hijos, quienes han debido recibir terapia por un equipo de salud mental, y en lo laboral, por cuanto no pudo seguir desempeñándose de manera independiente en la actividad de comerciante que antes del delito desarrollaba”.

A lo que se suma “(…) la connotación pública a nivel nacional que alcanzó el delito, lo que implicó una sobreexposición mediática de la vida íntima de la actora, sumado a la posición subjetiva del autor del daño, don Mauricio Ortega Ruiz, quien obró con dolo directo al propinar las graves lesiones a la demandante, haber sido pareja conviviente de ésta al momento de los hechos y la relación de familia que tenía con ella, con dos hijos en común (…), por lo que se estima que la suma de $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) servirá para compensar y atenuar de alguna manera el dolor, sufrimiento físico, angustias, y aflicción que aquejan a la actora principalmente por la incapacidad funcional que le ha sobrevenido por la pérdida de la visión, permitiéndole poner a su disposición y/o alcance otros bienes o medios a fin de procurar una vida más digna, teniendo en consideración su nueva condición física”, concluye.