Fue en junio de 2020 cuando Álvaro Escobar terminó su vínculo con TVN, una vez que finalizó el programa de talentos Rojo.
Dicha situación, tomó por sorpresa al periodista, quien no fue notificado de manera presencial, lo que motivó a que Escobar interpusiera una demanda contra el canal.
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Con ella el animador buscaba que se reconociera una relación laboral entre ambas partes, acusando además un despido injustificado, solicitando una indemnización por lucro cesante, sumado al cobro de prestaciones y cotizaciones previsionales.
Tras el juicio el pasado 5 de julio, el tribunal falló a favor de Álvaro, determinando que la señal debía pagar una suma de $8 millones por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, $5 millones por remuneraciones adicionales y $7.999.999 por feriado legal, además de la remuneración de 90 UF ($2.678.014) por indemnización total, $152 millones por lucro cesante y los costos del juicio.
Sin embargo, esta semana TVN presentó un recurso de nulidad de la sentencia en la Corte de Apelaciones, el que se declaró admisible, por lo que la disputa legal entre ambas partes seguirá en curso.
Álvaro Escobar satisfecho por reconocimiento de vínculo laboral
En conversación con Página 7, el animador sostuvo que considera que en el fallo de primera instancia a su favor “lo más relevante, a mi juicio, es que Televisión Nacional desconoció la existencia de una relación laboral, y lo que hizo el fallo fue confirmar la existencia de esa relación laboral, de una manera tajante y categórica”.
A su vez, el locutor de Radio Bío Bío manifestó que el recurso de nulidad presentado por su exseñal televisiva, es parte de un proceso que tiene que determinar el tribunal.
“Se trata de un procedimiento legal que tiene sucesivas etapas, y en esta etapa nosotros vamos a defender la posición que hemos mantenido hasta acá”, aseguró.
Cabe señalar, que desde este medio nos contactamos con TVN para que dieran sus impresiones del hecho, pero declinaron referirse al tema, aseverando que todo se resolverá mediante la vía legal.