La mandataria firmó hoy lunes la modificación de la normativa del tránsito, en lo que respecta al delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte, lo que se enmarca en la denominada “Ley Emilia”.
En la promulgación que se llevó a cabo esta mañana en el palacio de La Moneda, Bachelet estuvo acompañada por los ministros de Transportes y Telecomunicaciones, Andrés Gómez-Lobo; de Justicia, José Antonio Gómez; y de la Secretaría General de la Presidencia, Ximena Rincón, entre otras autoridades y asistentes.
En la oportunidad, la jefa de Estado enfatizó que “a partir de ahora, quien conduzca en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol y cause lesiones graves o gravísimas, se expone a penas que van desde los tres años y un día, hasta los 10 años”, apunta la agencia de noticias UPI.
“Aunque sabemos muy bien que el endurecimiento de una ley no borrará el daño a las víctimas ni el dolor de esas familias, al menos contribuirá a que el sufrimiento por un ser querido no se sume, además, el sentimiento de injusticia y de impunidad frente a los responsables”, añadió la presidenta.
Por añadidura, esta ley, que será complementada con mayor cantidad de controles de velocidad, además busca “reducir de manera significativa las estremecedoras cifras de accidentes de tránsito y las profundas tragedias que provocan”.
“En nuestro país, el alcohol está presente en al menos el 20% de los accidentes de tránsito que dejan víctimas fatales (…) cinco personas mueren diariamente por esta causa y, peor aún, los siniestros viales son la primera causa de muerte en niños entre 0 y 14 años”, enfatizó Bachelet.
Con respecto a la dureza de esta ley, la presidenta agregó que “estamos asumiendo como Estado la demanda por mejores condiciones de seguridad en el tránsito y una normativa que permita a los jueces aplicar sanciones ejemplificadoras, para quienes se exponen a sí mismos y a otros a sufrir un accidente con consecuencias irreparables”.
Finalmente, la “Ley Emilia” busca un aumento de las penas para los infractores, que se traducirá en la sanción con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas. En el caso de que se ocasione la muerte, la condena será de tres años y un día a cinco años, más una multa en dinero, el decomiso del auto, además de no volver a conducir nunca más. Para los reincidentes, la pena carcelaria comienza en cinco años y un día hasta 10 años.