Este martes, el Ejecutivo ingresó indicaciones al proyecto de despenalización del autocultivo de la marihuana. De esta manera, la indicación redujo a una por domicilio las plantas que se permiten y a dos gramos el porte para consumo privado.
Originalmente, la iniciativa -que nació de una moción- modificaba el Código Sanitario y la Ley 20.000 para permitir el autocultivo de hasta seis plantas por persona, la utilización de la marihuana para fines terapéuticos y recreacionales y el porte máximo de hasta 10 gramos para consumo privado.
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En la instancia estuvo presente Mariano Montenegro, director del Senda, organismo que tiene como finalidad trabajar en la prevención de consumo de drogas y que sostiene que el autocultivo abre la puerta al uso de la marihuana en adolescentes, un grupo de alto riesgo.
Según las indicaciones, quienes suministren cannabis a menores de edad arriesgan penas de “presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, y multas de 40 a 400 unidades tributarias mensuales”.
De igual forma se castigará a quienes tengan una planta sin autorización. Se señala que “el que, careciendo de la debida autorización, siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del genero cannabis, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de 40 a 400 unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal y próximo en el tiempo”.
La discusión de este proyecto está programada para las 20:00 horas de este martes en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, a la que asistirá el ministro del Interior, Jorge Burgos, el subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, y el director del Senda.