El Tribunal Constitucional (TC) acogió a trámite un requerimiento de la Defensoría Penal Pública, en favor de Martín Pradenas.

La acción judicial busca que la defensa pueda interponer un recurso de nulidad en contra de la sentencia pronunciada en el segundo juicio oral, donde se le condenó por diversos delitos sexuales.

En concreto, este martes el TC acogió a trámite el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, presentado por la Defensoría Penal Pública en favor de Martín Pradenas.

La acción pretende que dicho tribunal –como en otras ocasiones- declare contrario a la Constitución el artículo 387 del Código Procesal Penal, que impide a la defensa interponer un recurso de nulidad en contra de la sentencia.

A juicio de la Defensoría, la norma vulnera el debido proceso y el derecho a defensa, al impedir que un tribunal superior revise esa sentencia.

En la misma línea, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establecen como garantía judicial el derecho a que las sentencias condenatorias sean revisadas por un tribunal superior.

Por ello, en caso de acogerse la acción de inaplicabilidad, la defensa podría interponer un recurso de nulidad para que la Corte de Apelaciones de Temuco o eventualmente la Corte Suprema, revisen si la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco que lo condenó a 17 años de presidio se ajusta o no a derecho.

Ahora, el Tribunal Constitucional deberá resolver si declara o no admisible el requerimiento, lo que deberá zanjarse durante las próximas semanas.

Tribunal niega mantener a Martín Pradenas en cárcel de La Araucanía

El martes, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco rechazó mantener a Martín Pradenas en un recinto penitenciario en la región de La Araucanía y ordenó su traslado a la cárcel de Valdivia.

Según explicó su defensor penal público, Patricio Salinas, los sentenciadores resolvieron “no acoger nuestra petición de disponer la permanencia de nuestro representado en el centro de detención preventiva de Nueva Imperial, por estimar que no era un asunto de su competencia, sino que es resorte de Gendarmería de Chile, determinar el lugar donde debe cumplir su privación de libertad”.

Lo resuelto, a juicio del defensor, “afecta gravemente su derecho a visitas, en tanto tiene su arraigo social y familiar en la ciudad de Temuco y, por ende, afecta también los fines resocializadores de una eventual pena privativa de libertad”.

Por esa razón, Salinas anunció que se evalúa “la interposición de un recurso de amparo” con el objetivo de revertir la decisión del tribunal.