En septiembre pasado, el presidente Gabriel Boric promulgó la ley que modifica la Ley de Tránsito, con el objetivo de prevenir la venta de vehículos robados motorizados.

La iniciativa, que entra en vigencia este viernes 10 de noviembre, se enmarca en los esfuerzos que realiza el Gobierno para enfrentar los problemas de seguridad pública que afectan al país.

En ese sentido, en caso de declarar la pérdida total de vehículos asegurados, la compañía de seguros deberá solicitar la cancelación de la inscripción del vehículo en el Registro Nacional.

Asimismo, plantea la obligación de contar con la patente grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales, detalló BioBioChile.

Además, hay un listado de faltas que autorizan a Carabineros para retirar vehículos motorizados de circulación:

-sin permiso de circulación vigente
-sin certificado vigente del seguro obligatorio
-sin revisión técnica o de homologación
-con placa patente en mal estado u oculta
-con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado

Respecto a las sanciones, aumenta el rango de multa (5 a 75 UTM) a quien compre un vehículo y no solicite la inscripción en el Registro Civil dentro de los 30 días siguientes a la fecha de compra.

Esta misma situación ocurre para quienes indiquen domicilio falso o inexistente.