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Elecciones 2024: qué es un consejero regional, cuáles son sus funciones y su sueldo

Escrito por:   Valentina Pizarro

qué es un consejero regional

Contexto | Agencia Uno

El próximo 26 y 27 de octubre, se realizarán las elecciones nacionales, donde la ciudadanía deberá escoger a gobernadores, alcaldes, concejales y consejeros regionales (Core).

Sin embargo, muchos no conocen la función de este último cargo, aunque tenga un rol clave en decisiones regionales y comunales.

Cada una de las 16 regiones de Chile cuenta con un Gobierno Regional, constituido por el Gobernador y el Consejo Regional.

  • En las regiones de hasta 400 mil habitantes, se eligen 14 consejeros.
  • En las regiones de entre 400 mil hasta 800 mil habitantes, se eligen 16.
  • En las regiones que tienen más de 800 mil habitantes y hasta un millón 500 mil, se eligen 20.
  • En las regiones de más de un millón 500 mil habitantes y menos de cuatro millones, se eligen 28 consejeros.
  • Por último, en las regiones con más de cuatro millones de habitantes, se eligen 34 consejeros.

El salario o dieta de un consejero o consejera regional fluctúa entre $1 millón y medio y $2 millones. Todo dependerá de la región donde se desempeñe, si es en zonas apartadas su dieta se incrementa.

Las tareas de un consejero regional

Es importante destacar que el Consejo Regional, como órgano colegiado, posee facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras. Nace con la Ley 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Según Servel, la misión del Core es "hacer efectiva la participación de la comunidad regional". Entre sus tareas están:

  • Aprobar los planes y estrategias regionales y comunales de desarrollo y sus modificaciones.
  • Aprobar el Presupuesto del Gobierno Regional, ajustado a los límites del presupuesto de la Nación.
  • Resolver la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la región, los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional y los recursos propios que el Gobierno Regional obtenga, en aplicación de lo dispuesto en el número 20 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
  • Aprobar los convenios de programación que el Gobierno Regional celebre.
  • Dar su acuerdo para enajenar o gravar bienes raíces que formen parte del patrimonio del Gobierno Regional y respecto de los demás actos de administración en que lo exijan las disposiciones legales, incluido el otorgamiento de concesiones.
  • El Gobierno Nacional y otros poderes del Estado solicitarán la opinión sobre las proposiciones de modificación a la división política y administrativa de la región.